martes, 25 de octubre de 2011

El proyecto de Real Decreto de prescripción enfermera pasa a trámite de audiencia


Tal y como informamos en el número de octubre de Enfermería Facultativa, hace poco el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad enviaba a trámite de audiencia el proyecto de real decreto por el que se regula la prescripción enfermera, desarrollando el artículo 77.1 de la ‘Ley del Medicamento’ (Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios). De esta manera, se da un paso más que, en este caso concreto, es absolutamente crucialen el camino hacia la regularización de esta competencia profesional.

Se trata de un proyecto normativo que apuesta por la equidad en el Sistema Nacional de Salud, garantizando que los ciudadanos van a recibir la misma atención de enfermería, con independencia del lugar donde residan y del enfermero o la enfermera que la preste. Así, deberemos acreditarnos como prescriptores en dos ámbitos asistenciales: los cuidados generales y los cuidados especializados. A este respecto, y para garantizar nuestra libre circulación en el Estado español y en la Unión Europea, se ha establecido un modelo idéntico al existente en los mismos, con especial énfasis en Reino Unido e Irlanda, los países con mayor experiencia en este ámbito. Dicho modelo de formación se instaura en el posgrado y bajo la responsabilidad de las universidades. Se trata de la misma formación que se imparte ya en el nuevo título de Grado de Enfermería, presente en todas las universidades de España.

Asimismo, apuesta por un amplio espectro de participación y consenso, ya que contempla la creación de la ‘Comisión de protocolos, guías de práctica asistencial y acreditación’, formada por los ministerios de Sanidad y Educación, las comunidades autónomas y las organizaciones colegiales de enfermeros y médicos.

El Consejo General de Enfermería y los colegios provinciales están absolutamente comprometidos con este proyecto, porque viene a establecer el mejor modelo posible, tanto de prescripción, como de acreditación de profesionales y de validación de protocolos y guías de la práctica clínica. Para ello, han puesto en marcha un macroproyecto que facilita, de forma accesible y gratuita para todos los enfermeros y enfermeras del Estado español, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el real decreto.

jueves, 20 de octubre de 2011

La prescripción enfermera, un poco más cerca

Redacción. Madrid


El pasado 3 de octubre el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad enviaba a trámite de audiencia el real decreto por el que se regula la prescripción enfermera, desarrollando el artículo 77.1 de la ‘Ley del Medicamento’ (Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios) y que afectará a los 250.000 enfermeros de España. Enfermería Facultativa ha tenido ocasión de hablar con quien ha sido su negociador ante el Ministerio, Máximo González Jurado, presidente del Consejo General de Enfermería de España, que ha destacado que “se trata de un auténtico hito, tanto para los ciudadanos como para los profesionales de enfermería, porque es una norma que vela por la continuidad asistencial, la integración de los procesos y la seguridad de los pacientes”.
Para el presidente del Consejo General de Enfermería “esta norma apuesta por la equidad en el Sistema Nacional de Salud, ya que con ella se garantiza que los ciudadanos van a recibir la misma atención de enfermería, con independencia del lugar donde residan y del enfermero o la enfermera que la preste”. En este sentido, González Jurado hizo una referencia especial al proceso de acreditación del profesional de enfermería establecido por el proyecto de real decreto. Dicho texto establece que las enfermeras y los enfermeros deberán acreditarse en dos ámbitos asistenciales: los cuidados generales y los cuidados especializados. Confirmó que, para garantizar la libre circulación de los enfermeros, tanto en el Estado español como en los Estados miembros de la Unión Europea, se ha establecido un modelo idéntico al existente en los países donde la prescripción es ya una tradición, con especial énfasis en Reino Unido e Irlanda, los países con mayor experiencia en este ámbito. Dicho modelo de formación, se instaura en el posgrado y bajo la responsabilidad de las universidades.
González Jurado señaló que se trata de la misma formación que se imparte ya en el nuevo título de Grado de Enfermería, presente en todas las universidades de España. Por ello, a fin de garantizar el rigor de esta formación y la equidad en la prestación de los cuidados de enfermería a los ciudadanos, evitando el fraccionamiento en dicha atención y garantizando la continuidad asistencial y la seguridad de los pacientes, se ha dado entrada a las universidades. El objetivo es que, en el plazo de cinco años, faciliten el acceso de todas las enfermeras y enfermeros españoles a la obtención de esta acreditación, como fórmula de calidad y seguridad para pacientes, profesionales y con un consenso generalizado.
El presidente del Consejo General de Enfermería de España destacó que el nuevo real decreto apuesta por un amplio espectro de participación y consenso, ya que contempla la creación de la ‘Comisión de protocolos, guías de practica asistencial y acreditación’, formada por los ministerios de Sanidad y Educación, las comunidades autónomas y las profesiones sanitarias implicadas, es decir, enfermeros y médicos. Esta comisión será quien apruebe los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial; el listado de los medicamentos, grupos de medicamentos, tratamientos farmacológicos o procesos que pueden ser objeto de inclusión en estos; así como las acreditaciones de los enfermeros previstas en el real decreto.
Máximo González Jurado ha destacado que el Consejo General de Enfermería y los colegios provinciales están absolutamente comprometidos con este proyecto porque “viene a establecer el mejor modelo posible, tanto de prescripción, como de acreditación de profesionales y de validación de protocolos y guías de la práctica clínica; todo ello garantizando la equidad en todo el territorio nacional, la continuidad asistencial y las más altas cotas de consenso institucional”. Para ello han puesto en marcha un macroproyecto que facilita, de forma accesible y gratuita para todos los enfermeros y enfermeras del Estado español, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el real decreto.
Claves del real decreto de prescripción enfermera
El real decreto puesta por la continuidad asistencial, la integración de los procesos y la equidad en el Sistema Nacional de Salud, ya que garantiza que los ciudadanos van a recibir la misma atención de enfermería, con independencia del lugar donde residan y del enfermero o la enfermera que la preste.
Para garantizar la libre circulación de los enfermeros y enfermeras españoles en la Unión Europea, se han establecido las mismas competencias, el mismo modelo de formación de posgrado en la universidad, la compatibilidad de la acreditación, tomando como referencia el modelo establecido en los Estados miembros de la Unión Europea que poseen esta competencia de prescripción, y de forma especial el Reino Unido e Irlanda, considerados en estos momentos como los países con mayor experiencia en este ámbito.
La formación en prescripción enfermera necesaria para que los profesionales obtengan su acreditación como prescriptores es la misma que se imparte en los estudios correspondientes al nuevo título de Grado de Enfermería en el Estado español, garantizando la equidad en la prestación de los cuidados enfermeros que reciben los ciudadanos.
Por ello, se ha confiado a la universidad el llevar a cabo esta formación.
¿Qué regulará el proyecto de Real Decreto de prescripción enfermera?

·       · Las actuaciones de los enfermeros y enfermeras en materia de indicación, uso y autorización de dispensación —es decir, prescripción— de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.
·       · La elaboración y validación de guías de práctica clínica y asistencial, y protocolos para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de los enfermeros y enfermeras.
·       ·  El proceso de acreditación del enfermero o enfermera como requisito previo y necesario para el pleno desarrollo de sus actuaciones en este ámbito.
Los enfermeros y enfermeras en el ejercicio de su actividad profesional podrán prescribir:
· Todos aquellos medicamentos de uso humano y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica, así como autorizar su dispensación mediante la correspondiente orden de dispensación.
·       ·  Los medicamentos sujetos a prescripción médica, mediante guías de práctica clínica y asistencial, y protocolos elaborados y validados por una comisión compuesta por los ministerios de Sanidad y Educación, las comunidades autónomas y las organizaciones colegiales de Enfermería y Medicina.